SAT extiende prórroga para la Carta Porte hasta diciembre 2023
Por: Adrian Trujillo 17 julio 2023
El SAT otorgó una quinta prórroga para emitir el complemento Carta Porte con errores sin recibir multas, dando cinco meses para practicar su llenado.
A través de su portal oficial, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha dado una nueva prórroga a la carta porte, extendiendo el periodo de emisión del complemento con errores sin recibir multas.
Con esta quinta prórroga, los transportistas podrán seguir emitiendo el complemento carta porte con errores sin el temor de ser acreedores a multas y sanciones.
Nueva fecha para emitir Carta Porte SIN ERRORES
El plazo anterior que vencía el 31 de julio de 2023, con la nueva prórroga del SAT, la fecha para emitir la Carta porte con errores sin recibir sanciones pasará a ser el 31 de diciembre de 2023. Por lo que los transportistas tendrán cinco meses más para seguir familiarizándose con el complemento carta porte.
Por lo que, la nueva fecha para emitir el complemento carta porte sin errores es a partir del 1 de enero de 2024.
Todo con base en la reforma de los Transitorios Décimo y Décimo Sexto, primer párrafo de la RMF para 2023:
Para los efectos de los artículos 29, último párrafo, 84, fracción IV, inciso d) y 103, fracción XXII del CFF, con relación a la Sección 2.7.7., se entiende que cumplen con las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 31 de diciembre de 2023 y éste no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en los diversos “Instructivos de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”, publicados en el Portal del SAT.
La prórroga llega en respuesta a las reiteradas solicitudes del sector de transporte solicitando más tiempo al SAT para el uso obligatorio del complemento sin errores ya que su llenado implicaba una mayor carga administrativa y logística.
También, el SAT anunció una serie de cambios para el complemento con la nueva Carta Porte versión 3.0 que viene a sustituir la versión 2.0. Por el momento, existe un periodo de convivencia entre ambas versiones del complemento, el cual termina en marzo 2024.
Prórroga de la carta porte en comercio exterior y control volumétrico.
Dentro de la misma prórroga del SAT, se consideró también ampliar el plazo para la transmisión del complemento carta porte al Sistema Electrónico Aduanero sea exigible a partir del 1 de enero de 2024.
Asimismo, dentro de la prórroga se considera el cumplimento de los controles volumétricos, se prorroga la presentación de un solo certificado de la operación, como se lee en el documento:
Para los efectos de la regla 2.6.1.4., fracción IV, los contribuyentes obligados a llevar controles volumétricos podrán presentar un solo certificado de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos que avale los ejercicios fiscales 2022 y 2023, hasta el 31 de diciembre de 2023, conforme a lo señalado en la ficha de trámite 283/CFF “Avisos de controles volumétricos”, contenida en el Anexo 1-A, siempre que conserven como parte de su contabilidad las guías, instructivos, métodos de trabajo o manuales del fabricante para la correcta medición del Hidrocarburo o Petrolífero de que se trate y, en caso de que sus equipos y sistemas de medición sean o hayan sido sometidos a alguna verificación, conserven la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones en materia de medición de hidrocarburos y petrolíferos…
Así que, nuestra recomendación es que no dejes pasar esta nueva prórroga y te familiarices con todo lo que debes saber sobre la Carta Porte y busques un sistema de facturación capaz de brindar el respaldo necesario para tus operaciones de transporte de mercancías.
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